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Por ley, prohibirán el ingreso de deudores alimentarios a espectáculos

De esta manera, se restringirá el acceso a eventos masivos, deportivos, culturales, de entretenimiento y fiestas populares a toda persona registrada.
Legislatura18/09/2025Marcela BarrientosMarcela Barrientos
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La Legislatura provincial aprobó en general y por unanimidad, la ley que prohíbe el ingreso a espectáculos de carácter pago a las personas inscriptas en los registros provinciales de deudores alimentarios morosos y de violencia familiar o de género. De esta manera, se restringirá el acceso a eventos masivos, deportivos, culturales, de entretenimiento y fiestas populares a toda persona registrada.

En caso de incumplimiento, prevé sanciones tanto para los organizadores como para los asistentes. Sobre estos últimos recaerá una multa progresiva de hasta 10 JUS, graduada según la gravedad y reiteración del incumplimiento, mientras que a los organizadores se les aplicará una multa de entre el 2% y 10% de la recaudación total del evento, también progresiva y graduada según la gravedad y reiteración del incumplimiento. Incluso se prevé una eventual suspensión temporal para organizar futuros eventos.

En tanto, los fondos recaudados por las multas se destinarán a campañas de concientización sobre la responsabilidad parental y el cumplimiento de la cuota alimentaria, y sobre la erradicación de la violencia de género.

El impulsor de la iniciativa, Francisco Lepore (Avanzar), sostuvo que la medida es de sentido común y oportuna, dado que la provincia no cuenta con legislación en la materia.

Asimismo, destacó que los registros provinciales —tanto de deudores alimentarios como de violencia familiar y de género— fueron creados por ley y funcionan bajo decisión judicial: la incorporación o exclusión de una persona depende de una resolución dictada por jueces o juezas tras un proceso de debido derecho.

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