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San Martín de los Andes: unifican dos condenas a abusador sexual y le imponen 11 años de prisión efectiva

El imputado, tenía una condena anterior de 6 años por otro hecho de abuso sexual contra una menor, y se unificó a ésta nueva condena de 5 años por abusar sexualmente de otra menor de su entorno familiar.
Judiciales26/08/2026Marcela BarrientosMarcela Barrientos

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Un hombre que abusó sexualmente de una niña que era parte de su entorno familiar en la ciudad de San Martín de los Andes, fue condenado a la pena de 6 años de prisión efectiva. 

El delito por el cual se impuso la condena fue abuso sexual simple calificado por ser cometido en perjuicio de una persona menor de 18 años de edad, aprovechando la convivencia preexistente con la víctima. 

De acuerdo a la investigación del Ministerio Público Fiscal (MPF) el acusado, S.P, abusó sexualmente de una niña entre marzo y diciembre de 2024. Lo hizo en el domicilio que compartían y en una estancia durante un viaje familiar, en San Martín de los Andes. 

Durante el juicio de determinación de la pena, que se realizó la semana pasada, el fiscal del caso Hernán Scordo planteó que el delito atribuido a S.P prevé un monto mínimo de 3 años de prisión y un máximo de 10 años. Sobre este escenario, requirió una pena de 8 años de prisión, teniendo en cuenta “la extensión del daño, la reiteración de los hechos durante diez meses y por los antecedentes que tiene el acusado”, según planteó. 

En paralelo, solicitó que ese monto de 8 años se unifique con una condena anterior de S.P por el delito de abuso sexual simple agravado (de agosto de 2021), de 3 años de prisión condicional. “Pedimos revocar esta condicionalidad y unificar la condena en una sola de 11 años de prisión efectiva”, indicó el fiscal del caso en la audiencia. Su planteo, contó con la adhesión del defensor de la Niñez y Adolescencia.   

El juez Juan Pablo Balderrama, quien integró el tribunal junto al magistrado Maximiliano Bagnat y la jueza Leticia Lorenzo, planteó que por unanimidad resolvieron imponer la pena de 5 años de prisión efectiva por el hecho juzgado, y unificarla con la condena anterior en un total de 6 años de prisión efectiva.

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