
Lago Escondido: el fallo favorece a Lewis y dice que la traza larga es el único camino incluido en la sentencia
Marcela Barrientos
En la sentencia actual del STJ aseveró que la resolución original es clara en cuanto a qué sendero debía habilitarse. La introducción del camino de Tacuifí fue una petición posterior de la demandante cuando el fallo estaba firme. Al aceptarla, el juez civil encargado de la ejecución de la sentencia y la Cámara se excedieron en sus facultades y desvirtuaron el fallo.
De esta manera, esas decisiones afectaron cuestiones de raigambre constitucional como los principios de cosa juzgada, de congruencia y la preclusión de etapas procesales.
Los antecedentes del caso
El STJ en primera instancia hizo un recuento de los distintos pasos del expediente.
En abril de 2005 Magdalena Odarda promovió acción de amparo para que se garantice el libre acceso al Lago Escondido. Dos meses después amplió la demanda, solicitó la declaración de nulidad de la servidumbre de paso existente y la constitución de una nueva a través del camino más corto, sugiriendo que podría utilizarse la huella abierta del camino Tacuifí.
“En noviembre de 2005, mediante sentencia 89/05, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) -con otra integración y por mayoría- rechazó el mandamus interpuesto”, recordó. “No obstante ello, -en el punto segundo- advirtió cuestiones pendientes de resolución por parte de los requeridos y dispuso que en un plazo razonable debían finalizar los trámites administrativos registrales en orden al cumplimiento del Decreto 578/02 y lo propuesto por el señor Fiscal de Estado, para permitir y asegurar el acceso al Lago Escondido por el camino objeto de servidumbre”, añadió.
A finales de 2006 ante el presidente del STJ las partes firmaron un acuerdo que incluía realizar el proyecto ejecutivo de la traza incluir en el Presupuesto el proyecto.
En marzo del 2009 el STJ remitió al Juzgado Civil de Bariloche para que “el seguimiento y cumplimiento de la Sentencia”. En ese momento, “la actora pidió aclaratoria y solicitó que se ordene explícitamente la apertura de los dos caminos de acceso al lago -el de montaña y Tacuifí-, la cual fue rechazada”. El caso pasó al Juzgado Civil de Bariloche.
Los argumentos de la decisión
El fallo actual del Superior Tribunal recordó que “las resoluciones recaídas en la etapa de ejecución de sentencia sólo pueden corresponder al cumplimiento de lo ya decidido y firme. El proceso de ejecución de sentencia no es más que la materialización de lo resuelto en el pronunciamiento que lo origina, al que no puede enmendar ni ampliar, pues lo desnaturalizaría”.
En este caso, dictada la sentencia del STJ, “con posterioridad la actora objetó la servidumbre mencionada, aludiendo a otras opciones de acceso al lago, a su entender más adecuadas procurando incorporar en el marco del incidente de ejecución una cuestión ya desestimada en la sentencia”.
Esta nueva posición fue aceptada por el juez civil y ratificada por la Cámara. El máximo Tribunal consideró que las decisiones en etapa de ejecución de sentencia fueron “un exceso de jurisdicción en el fallo impugnado, al ordenar dar cumplimiento a las “obligaciones impuestas en relación a la traza corta” -denominada Tacuifí- cuando dicha vía de acceso al lago fue desestimada de manera expresa por el Superior Tribunal”.
Recordó el máximo Tribunal rionegrino que el 20 de abril de 2012 el STJ “rechazó la aclaratoria planteada por la accionante”, quien pretendía que al remitir el caso a Bariloche “se ordene explícitamente la apertura de los dos caminos de acceso al lago”.
Es más, en los considerandos de la decisión se dijo que “analizado el cuestionamiento sustancial se advierte que el mismo no pude prosperar porque ya está resuelto y firme. El Sr. Juez de ejecución deberá solo ejecutarlo. Todo lo que se encuentra precluso no podrá discutirse en la ejecución, que solo persigue el cumplimiento de la sentencia”.
Finalmente, a sentencia indica “a la Fiscalía de Estado acreditar ante el juez de ejecución, en el plazo de 60 días hábiles (art. 20 Ley 5106), el cumplimiento de las obligaciones remanentes de señalamiento y asegurativas impuestas a la Provincia con relación a la traza larga de acceso al lago”.
Fuente: Noticias NQN


Más de 700 personas se inscribieron en el reciente llamado para las becas Gregorio Álvarez

Culminó la vinculación eléctrica del paso internacional Mamuil Malal

Super e hipermercados deberán exhibir QR con precios actualizados de la canasta básica

Camuzzi promueve la revisión anual de artefactos gas previo al invierno

Actualizan las tarifas del estacionamiento medido: conocé los nuevos valores a partir del 1° de marzo

Hasta el lunes 2 de marzo se realizan inscripciones en el Programa de Fortalecimiento de Clubes Neuquinos

Descubren nuevos restos de dinosaurios acorazados de 120 millones de años en Neuquén

Luck Ra fue distinguido como Guardián Ambiental en San Martín de los Andes

La planta de pellets de biomasa en Junín de los Andes entra en su etapa decisiva






Dos viviendas fueron completamente consumidas por el fuego en el paraje Quila Quina

Neuquén ofreció equipos de rescate y asistencia médica tras el sismo en Venezuela

Con presencia neuquina, Argentina hizo historia en el Mundial de Beach Handball de Croacia

Corazini reconoció las compras de carnes y chorizos: «No entiendo porque la comerciante esperó tanto para exigir los pagos»

El feriado del 9 de julio dará lugar a un fin de semana largo de cuatro días

Temporada invernal: Provincia realizó controles en centros de esquí

Culminó la vinculación eléctrica del paso internacional Mamuil Malal

Más de 700 personas se inscribieron en el reciente llamado para las becas Gregorio Álvarez

Se viene el sorteo del Auto 0 KM de la Fiesta Nacional del Montañes: conocé las bases y condiciones







