
Ley para profundizar sanciones a propietarios de animales sueltos en rutas
Marcela Barrientos
En efecto, la nueva redacción propuesta contempla que la presencia de animales sueltos en la vía pública constituye una falta imputable tanto al propietario de los animales como al propietario del establecimiento encargado de su cuidado. La sanción también recaerá sobre las empresas que tuvieren la concesión de los corredores viales en los que se produjese la falta al momento de la infracción y al organismo con competencia en el lugar de la infracción; con responsabilidad civil y penal, establecidas por la correspondiente legislación.
La propuesta determina, además, el procedimiento para casos de captura de animales fuera de la propiedad. En ese sentido, una vez constatada la infracción por parte de la Autoridad de Aplicación, a cargo del Ministerio de Gobierno y Seguridad, se procederá a la captura y al secuestro de los animales sueltos en la vía pública, los que serán trasladados al lugar de depósito transitorio, sitios cuyas condiciones y características serán determinadas en la reglamentación . Se detalla un accionar específico y plazos de retención de los animales marcados, orejanos o silvestres.
En cuanto a las multas, el mínimo será la suma equivalente en pesos a 100 litros, y el máximo a diez mil litros de nafta de mayor octanaje, valor fijado por el Automóvil Club Argentino. Los valores e corresponden a un animal suelto, replicándose dichos valor para casos de dos o más animales sueltos.
En tanto, las sanciones serán graduales de acuerdo a la naturaleza y gravedad del daño causado con la infracción y sus circunstancias de lugar, tiempo y modo de ejecución. Además, se tendrán en cuenta sanciones previas, antecedentes personales del propietario del animal y, especialmente, la cantidad de cabezas de ganado en infracción.
El objetivo de la propuesta es establecer de manera expresa las prohibiciones; crear la figura de depósitos privados inscriptos y de las agrupaciones defensoras de animales; implementar un registro de depósitos privados inscriptos; determinar los valores de las multas por sanción a los infractores así como también los costos de manutención por parte de los depósitos transitorios; contemplar la opción de la subasta de animales no retirados; promover el control y la responsabilidad a futuras empresas concesionarias y a Vialidad Nacional y Provincial.
“Los animales sueltos siguen siendo un mal endémico de las rutas neuquinas”, sostienen los diputados y las diputadas en la fundamentación, ocasión en la que detallan que el objetivo de la modificación de la ley vigente es modernizar la ley y adecuarla a la actual situación provincial.
El proyecto (14753) ingresó por Mesa de Entradas el 20 de octubre, firmado por Andrés Peressini y Laura Bonotti (Siempre); María Laura du Plessis, José Ortuño López, Lorena Abdala, Liliana Murisi, Lorena Abdala, Germán Chapino y Maximiliano Caparroz (MPN).


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