
San Martín de los Andes: tribunal fijó 8 años de prisión para condenado por abuso sexual a una menor
Marcela BarrientosLa fiscal del caso Inés Gerez y la querella institucional en representación directa de la víctima habían solicitado 10 años de prisión, principalmente debido a la extensión del daño causado.
El hecho por los que se había declarado la responsabilidad penal fue cometido en julio de 2023, en una casa San Martín de los Andes en la que el condenado, A.J.C, convivía con la madre de la víctima.
La fiscalía había planteado más de una situación de abuso, pero mediante la sentencia emitida el 5 de diciembre por el tribunal, integrado por los jueces Ignacio Pombo y Federico Sommer y por la jueza Bibiana Ojeda, sólo uno se consideró probado. Ocurrió durante el domingo que se inició el receso invernal del año 2023, cuando A.J.C se presentó en la habitación de la víctima y cometió el abuso.
En su veredicto, el tribunal declaró la responsabilidad penal por el delito de abuso sexual con acceso carnal, agravado por la guarda y por ser cometido contra una menor de 18 años de edad, aprovechando la convivencia preexistente (Artículo 119, tercer y cuarto párrafo, incisos “b” y “f” del Código Penal).
Durante una audiencia realizada hoy, la fiscal Gerez destacó la necesidad de considerar la extensión del daño causado, con secuelas psicológicas en la víctima, al momento de determinar la pena a imponer. “Estos elementos llevan a que para analizar la pena adecuada a los hechos por los que el imputado fue declarado responsable, los indicadores nos llevan a alejarnos del mínimo y poder, por parte del MPF, entender que la pena adecuada debe ser de 10 años de prisión”, precisó.
Coincidió con esta postura la querella institucional, mientras que la defensa del acusado solicitó el mínimo previsto para los delitos.
Tras escuchar a las partes, el tribunal impuso la pena de 8 años de prisión efectiva, además de confirmar la inscripción en el RiPeCoDIS, como ocurre en todos los casos de responsabilidad por hechos de abuso sexual.


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