
Caso Fuentealba II: fijan las penas para los policías condenados
Marcela Barrientos
Las penas son en todos los casos de ejecución condicional e incluyen, además, inhabilitaciones especiales, además de que exigen el cumplimiento de reglas de conducta: no modificar el domicilio y presentarse cada 6 meses ante la Dirección de Población Judicializada. Ante un incumplimiento o ante la comisión de un nuevo delito, la condicionalidad se debe revocar.
De este modo, para Carlos Zalazar, Moisés y Adolfo Soto y Mario Rinzafri, condenados por abuso de autoridad, la pena es de 1 año y 6 meses de prisión condicional, más inhabilitación de 3 años.
En el caso de Jorge Garrido, quien al momento del operativo detentaba un rango menor, la pena es de 1 año y 4 meses, con inhabilitación especial de 2 años y 8 meses.
Por último, Benito Matus fue condenado a 1 año y 4 meses de prisión condicional, más la inhabilitación especial de 6 meses para funciones policiales que impliquen la utilización de arma de fuego.
En el caso de Matus, la acusación fue impulsada por el fiscal jefe Maximiliano Breide Obeid junto a los querellantes particulares. Por orden de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el representante del MPF vio limitada su acusación, por lo que no pudo avanzar respecto del resto de los imputados. La querella particular sí tenía habilitada esa vía y fue así que se llegó al el resto de las condenas.



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