
La víctima estaba internada en grave estado tras un vuelco ocurrido el 1 de enero. Presentaba múltiples lesiones internas y falleció este viernes en el hospital.








La Fiscalía formuló cargos al conductor profesional, a quien atribuyó haber causado la muerte de cuatro personas, tras realizar una maniobra “imprudente y antirreglamentaria” que provocó un incidente fatal sobre la Ruta Nacional 40.
Policiales03/06/2024
Marcela Barrientos


El imputado, C.A.D.P.D.S, es de nacionalidad brasileña y no aportó un domicilio identificable, por lo que para garantizar el sometimiento al proceso, el fiscal solicitó que quede detenido. La jueza Bibiana Ojeda, quien estuvo a cargo de la audiencia, no hizo lugar al planteo fiscal, pero dictó la prohibición de salir del país y le ordenó al imputado que fije domicilio en la ciudad de Bariloche, donde deberá comparecer regularmente a una comisaría local.
El hecho ocurrió el 1 de junio del año 2024, cerca de las 18:00 horas, sobre Ruta Nacional 40, cuando el imputado conducía un camión con semirremolque con sentido hacia Ruta Nacional 237, desde Villa La Angostura hacia San Carlos de Bariloche. En la audiencia que se realizó ayer, el fiscal De Lillo sostuvo que C.A.D.P.D.S “manejó el vehículo automotor bajo su mando en forma imprudente y antirreglamentaria, al no haber observado el cuidado y la prevención necesarios, a raíz de lo cual generó un choque con otro vehículo”. Consideró “creó un riesgo no permitido cuando maniobró en forma antirreglamentaria, al no respetar las señales de tránsito y desobedecer la obligatoriedad del señalamiento horizontal de doble línea amarilla existente en la calzada”. El fiscal precisó que, de ese modo, el acusado “concretó una maniobra hacia su izquierda, generando su ingresó al carril contrario de la Ruta 40, invadiendo de esta manera el espacio de circulación la camioneta que circulaba en sentido contrario”. Esa maniobra es la que, a criterio de la fiscalía, generó el choque frontal entre el camión y la camioneta, provocando la muerte de cuatro personas que circulaban en esta última. Las víctimas son Ezequiel Linares, Lisandro Linares, Taiel Linares y Martina Linares.
Tras relatar la teoría del caso, De Lillo encuadró la acusación en el delito de homicidio culposo, producido por la conducción imprudente de un vehículo automotor, agravado por el número de víctimas fatales (artículos 45; 54; 84 bis, segundo párrafo del Código Penal; y artículos 39, inciso “b”, primer y tercer párrafo; 48, inciso “j”; 50 de la Ley 24.449).
Para sostener la acusación, el representante de la fiscalía destacó la pluralidad de víctimas y la condición de conductor profesional del imputado. Luego, pidió a la jueza la imposición de prisión preventiva, debido a que se trata de un imputado de otra nacionalidad que no tiene arraigo ni residencia en el país.
La jueza tuvo por formulados los cargos y fijó el plazo de investigación en 4 meses. Tras rechazar la prisión preventiva solicitada por el fiscal, dictó la prohibición de salir del país y, por pedido de la defensa, ordenó que el acusado fije domicilio en Bariloche, donde deberá presentarse todos los días en una comisaría.

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