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San Martín de los Andes: imponen 8 años y 8 meses de prisión por abusar sexualmente de un niño y una niña

Un hombre fue condenado a 8 años y 8 meses de prisión efectiva, por haber abusado sexualmente de un niño y una niña, miembros de una familia que lo alojó en su casa de San Martín de los Andes durante un período en el que llegó a la provincia para trabajar.

Judiciales25/06/2025Marcela BarrientosMarcela Barrientos
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Se trata de A.D.R, quien en mayo pasado había sido declarado responsable por los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por haber sido cometido contra una menor de edad, aprovechando la convivencia preexistente, en carácter de delito continuado respecto de una víctima; en concurso real con abuso sexual simple agravado por haber sido cometido contra un menor de 18 años, aprovechando la convivencia preexistente respecto de la otra (artículos 119, segundo párrafo en función del cuarto párrafo, inciso “f”; 119, primer párrafo en función del quinto párrafo, que remite al cuarto párrafo, inciso “f”; 45 y 55 Código Penal).

Durante el juicio, la fiscal del caso sostuvo que A.D.R cometió los abusos entre mayo de 2014 y octubre de 2015. Las víctimas son una niña y un niño, que al momento de los hechos tenían menos de 18 años. Gerez probó en el juicio, durante ese período el condenado convivió con la familia y compartió la habitación con las víctimas. Aprovechó esa circunstancia para cometer los abusos, como así también los momentos en los que la madre del niño y de la niña se ausentaba para trabajar y el padre dormía. Luego se garantizaba la impunidad mediante amenazas.

Tras la declaración de responsabilidad, Gerez pidió ayer la imposición de 12 años de prisión efectiva, además de la inscripción en el Registro de Identificación de Personas Condenadas por Delitos Contra la Integridad Sexual (RIPeCoDIS).

Argumentó la necesidad de alejarse del mínimo de 8 años en la naturaleza de la acción cometida, con dos víctimas sobre las que el sistema judicial está obligado a ejercer una “debida diligencia reforzada”. También pidió considerar la multiplicidad de hechos y de víctimas, como así también el “modo de comisión” de los hechos, cuando la madre de las víctimas no estaba y cuando el padre dormía.

Al momento de resolver, el tribunal del juicio, integrado por Diego Chavarría Ruiz, Nazareno Eulogio y Laura Barbé, impuso la pena de 8 años y 8 meses de prisión.

Si bien los hechos se remontan a 2014 y 2015, la denuncia recién se presentó cuando las víctimas cumplieron 18 años. 

Los detalles respecto de la identidad del condenado se reservan para preservar la intimidad de las víctimas.

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