
Neuquén profundiza el combate contra el delito
Marcela Barrientos
Tras la sanción de la ley provincial Nº 3514 impulsada por el Poder Ejecutivo, la Provincia del Neuquén ya cuenta con la herramienta legal que habilita al Ministerio Público Fiscal a solicitar prisión preventiva para personas imputadas por múltiples hechos delictivos, aun cuando no exista una condena firme. La ley apunta a cerrar la llamada “puerta giratoria” del sistema penal y a responder con firmeza a la demanda ciudadana de mayor seguridad y justicia.
Hasta antes de esta reforma, el Código Procesal Penal de la Provincia establecía tres causales para dictar prisión preventiva: peligro de fuga, entorpecimiento de la investigación y riesgo para la víctima o su entorno. La ley 3514 sumó una cuarta causal: la reiterancia delictiva, que permite al juez dictar prisión preventiva cuando el imputado tenga otras causas abiertas con cargos ya formulados por delitos similares o de similar gravedad.
“Esta ley marca un antes y un después en la política de seguridad de la provincia. La ciudadanía nos pedía respuestas frente al delito y nosotros las estamos dando, con firmeza, con decisión y con responsabilidad”, aseguró el ministro de Seguridad, Matías Nicolini.
La norma fue acompañada por otras iniciativas enviadas por el gobernador Rolando Figueroa a la Legislatura, como la creación del Consejo de Seguridad Ciudadana y la nueva ley orgánica para la Policía.
Una respuesta directa al reclamo ciudadano
La ley de Reiterancia busca poner freno a los delitos seriales que afectan la convivencia cotidiana, como robos, hurtos, amenazas, daños o casos de violencia de género.
“Esta ley nos da una herramienta legal para actuar con firmeza frente a quienes reinciden. No utilizarla cuando corresponde es dar la espalda al reclamo social de vivir en paz y con justicia”, afirmó Nicolini.
La norma dispone que el juez deberá evaluar la legalidad y razonabilidad del pedido de prisión preventiva por reiterancia y resolver fundadamente en cada caso. Además, establece que para considerar esta causal deben existir otros procesos penales abiertos en los que ya se hayan formulado cargos al imputado.


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